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Los vehículos de carga deberán registrarse en INTRANT

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Los vehículos de carga deberán registrarse en INTRANT

Los vehículos que circulan en territorio dominicano cuya matrícula este tipificada como de carga o cualquier otra que no se refiera al transporte de personas deberá ser registrado en el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant).

Un aviso del INTRANT -en medios impresos- convoca a propietarios de vehículos para que obtengan el Código de Identificación Vehicular (CIV) en el Registro Nacional de Vehículos de Transporte de Carga.

Este CIV será un número único para el registro de las unidades vehiculares en el sistema del INTRANT en cumplimiento a la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial en la República Dominicana.

Para hacer el registro de su vehículo debe entrar al sitio oficial del INTRANT y obtener el CIV sin costo alguno.

Todos lo vehículos tipificados como: carga, volteos, furgoneta, camioneta, remolque, tráiler, montacarga, grúa, maquina pesada agricola y otros deben registrarse.

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