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Determinan cierre de oficinas públicas y no gubernamentales buscando frenar propagación COVID-19

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Determinan cierre de oficinas públicas y no gubernamentales buscando frenar propagación COVID-19

El gobierno dominicano determinó el cierre de las oficinas públicas y por igual de las operaciones presenciales a entidades no gubernamentales que ofrecen servicios públicos no esenciales, tales como las Cámaras de Comercio y Producción, entre otros.

A partir de mañana -lunes 23 de marzo- las entidades públicas solo ofrecerán servicio al publico de acuerdo a la prioridad de su actividad en 3 categorías:

-Una primera categoría deberá cerrar completamente sus puertas al público

-Una segunda categoría, laborará con el mínimo de personal y podrán atender consultas por los medios remotos haciendo uso del teletrabajo

«En ambos casos deberán mantener un personal mínimo necesario para las gestiones administrativas, financieras y operativas básicas, así como el personal de seguridad que garantice la integridad de las instalaciones», explicó el ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo.

-Todo el resto de instituciones quedan fuera de esta resolución, especialmente aquellas dedicadas a los servicios de salud, seguridad pública, protección civil, servicios sociales, programas sociales, servicios de electricidad, de aguas potables y defensa nacional.

Montalvo a su vez dijo que se instruye el cierre de las operaciones presenciales a las entidades no gubernamentales que ofrecen servicios públicos no esenciales, tales como las Cámaras de Comercio y Producción. Se les exhorta a que trabajen de forma virtual.

Por igual las labores de call center quedan suspendidas, exceptuando aquellas empresas que puedan implementar un sistema de teletrabajo.

Para consultar cualquier información adicional a través de los canales oficiales visite la web CoronavirusRD, donde podrán encontrar las recomendaciones de la OMS y todas las medidas tomadas por el Gobierno.

Sobre las pruebas de coronavirus a la ciudadanía, «hasta ahora, solo está recomendada la realización de la misma siempre que se cuente con la debida prescripción médica», en los siguientes casos:

● Personas que hayan estado en países con circulación del virus en los últimos 15 días o que hayan viajado en cruceros.
● Personas que presenten dos o más síntomas asociados al virus
● Personas que hayan estado en contacto con otras personas infectadas por COVID-19

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